Caso practico No. 1

CASO PRACTICO N° 1

CASO PRACTICO N° 1

de Chavez Hinojosa Jose Alfredo -
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1. Sí, es posible imputar responsabilidad penal tanto a las personas naturales como a las personas jurídicas en el Perú. Las personas naturales pueden ser imputadas por sus acciones individuales, mientras que las personas jurídicas pueden ser imputadas por delitos cometidos en su nombre o en su beneficio.
2. En este caso, los delitos comprendidos podrían incluir enriquecimiento ilícito, malversación de fondos públicos, falsificación de documentos, entre otros. Las personas implicadas serían M y M, ex alcalde del distrito, y C y C, su pareja sentimental.
3. En el caso de M y M, su título de atribución sería su posición como ex alcalde, lo que implica una presunta influencia sobre decisiones administrativas y financieras. En el caso de C y C, su participación podría ser considerada como complicidad en los delitos cometidos por M y M, al estar involucrada en transacciones financieras y decisiones relevantes.
La imputación se basaría en la relación directa de M y M con las actividades delictivas, tanto en su gestión como alcalde como en sus transacciones personales, así como en la participación de C y C en dichas actividades, aprovechando su vínculo con M y M.
4. La adquisición de bienes inmuebles y otros activos sin justificación clara de sus ingresos, como en el caso del inmueble adquirido mediante un contrato de alquiler venta y luego transferido a nombre de sus hijos menores.
La falta de retiros de cuentas bancarias a pesar de ingresos significativos, lo que podría indicar intento de ocultar el origen ilícito de los fondos.
La existencia de grabaciones y testimonios que sugieren posible corrupción durante la gestión de M y M como alcalde, así como su participación en actividades financieras sospechosas después de dejar el cargo.