1. Datos

Sumilla:

En el Perú, conforme se ha indicado, el proceso de colaboración eficaz está regulado en los artículos 472 a 481 del Código Procesal Penal. Este marco legal era aplicado principalmente para las delaciones de personas naturales. Pero a partir de la promulgación de la Ley N.° 30737, se diseñó el marco legal para el proceso de colaboración eficaz de personas jurídicas. Esta norma, además, que fue diseñada para la cautela de la reparación civil, trae consigo varias restricciones comerciales para aquellas empresas que están en investigación por actos de corrupción.


Cita en formato APA 7:

Carrión Ordinola, S (2022). La colaboración eficaz como instrumento de desarticulación de organizaciones y estructuras criminales en delitos de alcance transnacional. Revista jurídica de la Procuraduría General del Estado, (2), 31 - 43. https://www.gob.pe/institucion/procuraduria/informes-publicaciones/3893377-revista-juridica-de-la-procuraduria-general-del-estado-n-2