Caso practico No. 1

RESPONSABILIDAD PENAL COMPARTIDA DE PERSONA JURIDICAS Y NATURALES

RESPONSABILIDAD PENAL COMPARTIDA DE PERSONA JURIDICAS Y NATURALES

de Luis Oros Quispe -
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1.- ¿ES POSIBLE IMPUTAR RESPONSABILIDAD PENAL TANTO A LAS PERSONAS NATURALES COMO A LAS PERSONAS JURÍDICAS?

So, es posible la responsabilidad penal a las personas juridicas seran responsables de los delitos cometidos en su nombre o por su cuenta y en su provecho por sus representantes legales y administradores, asi como los delitos cometidos en el ejercicio de sus actividades.

Por otro lado, la responsabilidad penal de las personas jurídicas implica hacer responsable de la comisión de ciertos delitos a empresas, organizaciones, asociaciones, entidades o fundaciones cuando sus representantes legales o trabajadores han perpetrado uno de esos delitos. 

Recalcando el administrador de una persona jurídica puede ser responsable penal como autor o partícipe por los delitos que cometa en el ejercicio de su cargo, por comisión o por omisión cuando otro miembro de la organización haya cometido un delito en un ámbito en el que tenga deberes específicos de cumplimiento y control.

Asimismo, la empresa matriz puede ser responsable penalmente de los delitos cometidos en su filial siempre que la matriz tenga un deber de control sobre la filial y cuando la matriz ha obtenido un beneficio directo o indirecto.


2.- DE SER EL CASO, ¿QUÉ DELITOS SERÍAN LOS COMPRENDIDOS Y RESPECTO DE QUIENES?

La persona jurídica: Empresa Individual de Responsabilidad Limitada , fue constituida e inscrita registralmente el año 2013, el delito de enriquecimiento ilícito, delitos relacionados con la corrupción, el lavado de activos y otros delitos conexos. Algunos de los delitos comprendidos son: Corrupción: Incluye delitos como cohecho, colusión, peculado, enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias, entre otros.

Las personas jurídicas pueden ser responsables cuando estos delitos son cometidos por sus representantes legales, directivos, empleados o personas bajo su control en beneficio de la organización.

Lavado de Activos: La ley contempla la responsabilidad de las personas jurídicas cuando se utilizan para cometer delitos de lavado de activos, como el ocultamiento o la conversión de bienes provenientes de actividades ilícitas. Esto puede involucrar a la organización misma o a sus representantes.

Delitos conexos: Además de los delitos mencionados, la responsabilidad penal de las personas jurídicas puede extenderse a otros delitos conexos, como: financiamiento del terrorismo, tráfico ilícito de drogas, entre otros, dependiendo de la normativa vigente.

En cuanto a quiénes pueden ser responsables dentro de la persona jurídica, pueden incluirse representante legal, directivos, empleados, y en general cualquier persona que actúe en nombre o en beneficio de la empresa y esté bajo su control. La responsabilidad penal de las personas jurídicas busca castigar la conducta delictiva que se realice en el contexto de la actividad de la organización, independientemente de quién la cometa dentro de la misma.

3.- CÓMO IMPUTAR RESPONSABILIDAD A AMBAS PERSONAS,  CÓMO IMPUTAR EL ÁMBITO SUBJETIVO. ¿CUAL SERÍA EL TÍTULO DE ATRIBUCIÓN Y POR QUÉ?

A travez de l articulo 4 de la lEY 30424 QUIEN VIENE A INSTAURAR EL MODELO DE LA AUTORESPONSABILIDAD ESTRICTA QUE DEMUESTRA  A LA PERSONA JURIDICA COMO UN SUJETO DE IMPUTACION CAPAZ DE PRODUCIR UN HECHO PROPIO PLASMADO EN UN DEFECTO ORGANIZATIVO.

4.- EN LA EVENTUALIDAD, QUÉ INDICIOS SERVIRÍAN PARA SOSTENER TAL IMPUTACIÓN.

- La Constitución de una persona jurídica que sirve para sustentar adquisición de activos que no se pueden justificar y que no están acorde a los ingresos que perciben.

-La cuenta en que la Municipalidad ingresaba los salarios de ambas personas, entre agosto del año 2009 y octubre del año 2012, M y M, no hizo retiró alguno por espacio de VEINTICUATRO MESES.