PREGUNTAS A ABORDAR
EN LA PRIMERA SESIÓN – POR
GRUPOS
1.- Es posible imputar responsabilidad penal tanto a las personas
naturales como a las personas jurídicas? Si es posible
imputar responsabilidad a la persona natural, conforme a la normatividad
vigente y respecto de las personas jurídicas son responsables
administrativamente por los delitos, las cuales se sanciona conforme lo
establece el artículo 105 del Código Penal en la cual se dan medidas aplicables
a las personas jurídicas en caso el hecho punible fuere cometido en el
ejercicio de la actividad de cualquier persona jurídica o utilizando su
organización para favorecerlo o encubrirlo Por otra
parte, la responsabilidad penal de las personas jurídicas incluye a las
sociedades holding, organizaciones, asociaciones, unidades o fundaciones, que
sean responsables de determinados actos delictivos, si son cometidos por sus
representantes legales o empleados. Resalta que cuando otros miembros de la
organización cometan delitos en el ámbito de sus funciones, los directivos de
las personas jurídicas como autores o partícipes podrán ser procesados por
delitos cometidos como resultado de la acción o inacción en el ejercicio de su
específico cumplimiento y control. 2.- ¿De ser el caso, qué delitos serían los comprendidos y respecto
de quiénes? Respecto a la
empresa Individual de Responsabilidad Limitada “El Pato”, fue constituida e
inscrita registralmente el año 2013. Estaríamos hablando de los siguientes
delitos: ·
Delito de Enriquecimiento ilícito, delitos
relacionados con la corrupción, el lavado de activos y otros delitos conexos
como cohecho, colusión, peculado, enriquecimiento ilícito, tráfico de
influencias, entre otros. En cuanto a
quiénes pueden ser responsables dentro de la persona jurídica, pueden incluirse
representante legal, directivos, empleados, y en general cualquier persona que
actúe en nombre o en beneficio de la empresa y esté bajo su control. La
responsabilidad penal de las personas jurídicas busca castigar la conducta
delictiva que se realice en el contexto de la actividad de la organización,
independientemente de quién la cometa dentro de la misma. 3.- Cómo imputar responsabilidad a ambas personas
+ cómo imputar el ámbito
subjetivo. ¿Cuál sería el título de atribución y por qué? La empresa M&M que se
constituyó para defraudar al Estado tiene entre las personas tanto de la
autoridad, familiares y otros la calidad de autores y cómplices, véase que
todos cumplen un rol delictivo para los fines y objetivos ilícitos de la
organización, en este caso han realizado una serie de hechos que contribuyen en
un marco organizacional de defraudar, ocultar la forma como adquieren activos. 4.- En la
eventualidad, qué indicios servirían para sostener tal imputación. Podrían ayudar a sostener
tal imputación: - Contratos de adquisición de
inmueble - Cuentas
bancarias que muestran un flujo constante de ingresos desde el año 2005, - Auditorías
internas o externas - Contratos
de alquiler de departamento ubicada en la mejor zona de S/. 850 mensuales. - Movimientos
Bancarios entre los meses agosto del año 2009 y octubre del año 2012, - Documentos
de depósito a plazo fijo en una entidad bancaria - Documentos
de constitución de empresa La E.I.R.L “El Pato”