PREGUNTAS A ABORDAR EN LA
PRIMERA SESIÓN – POR GRUPOS
1.- Es posible imputar responsabilidad penal tanto a las personas naturales como
a las personas jurídicas?
Alternativamente, una
entidad jurídica puede ser responsable de actos delictivos cometidos en su
nombre o en su interés por sus representantes legales y administradores, y de
actos delictivos cometidos en el curso de sus actividades.
2.- ¿De ser el caso, qué
delitos serían los comprendidos y respecto de quiénes?
Sobre empresa Individual de Responsabilidad Limitada “El Pato”, fue constituida
e inscrita registralmente el año 2013.
Estaríamos hablando de
los siguientes delitos:
· Delito de
Enriquecimiento ilícito, delitos relacionados con la corrupción, el
lavado de activos y otros delitos conexos como cohecho, colusión, peculado,
enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias, entre otros.
Los responsables dentro de la persona jurídica: representante legal,
directivos, empleados, y en general cualquier persona que actúe en nombre o en
beneficio de la empresa y esté bajo su control.
3.- Cómo imputar responsabilidad a ambas personas, cómo imputar el ámbito
subjetivo. ¿Cuál sería el título de atribución y por qué?
La imputación de responsabilidad a una persona natural se basa en establecer su
participación activa o su responsabilidad en la comisión del delito. Esto
implica demostrar su acción u omisión, así como su culpabilidad según las
pruebas presentadas en el proceso judicial.
A diferencia de la imputación de responsabilidad a una persona jurídica se basa en establecer que la empresa cometió el delito a través de sus representantes legales, empleados u otras personas bajo su control.
Atribuir culpa a una persona jurídica implica identificar y probar si existieron deficiencias en los sistemas o procedimientos de control interno que contribuyeron al delito.
Las sanciones contra una
entidad jurídica pueden incluir multas, inhabilitación, decomiso de activos u
otras medidas correctivas. En resumen, tanto las personas físicas como las
jurídicas pueden ser consideradas penalmente responsables.
4.- En la eventualidad, qué indicios servirían para sostener tal imputación.
Podrían ayudar a sostener tal imputación:
- Contratos de adquisición de inmueble
- Cuentas bancarias que muestran un flujo constante de
ingresos desde el año 2005
- Auditoría sin ternas externas
- Contratos de alquiler de departamento ubicada
en la mejor zona de S/. 850 mensuales.
- Movimientos Bancarios entre los meses agosto
del año 2009 y octubre del año 2012,
- Documentos de depósito a plazo fijo en una
entidad bancaria
- Documentos de constitución de empresa La
E.I.R.L “El Pato”