Sumilla

Mediante Resolución 09, se ordenó el cumplimiento de lo ejecutoriado respecto a la sentencia de vista que confirmó la sentencia que declaró infundada la demanda, la cual solicitaba la nulidad de la Resolución Presidencial 021-2020-SANIPES/PE y de las Resoluciones Directorales 142-2019-SANIPES/DSFPA y 143-2019-SANIPES/DSFPA, referidas a la inmovilización del producto concha de abanico (tallo con coral en media valva) por la presencia del virus de hepatitis A. El órgano jurisdiccional concluyó que los informes de ensayo emplearon la misma metodología sin que los resultados variaran, y que la parte demandante no cuestionó ni la toma de muestras ni el método utilizado en el procedimiento administrativo, por lo que se acreditó el cumplimiento del procedimiento correspondiente.