Sumilla:

Desde el procedimiento de fiscalización hasta la reclamación, SUNAT siempre sustentó el reparo en la falta de fehaciencia del servicio, por lo que contrariamente a lo señalado por el Tribunal Fiscal no existe una modificación del sustento al reparo sino un análisis mas detallado dentro del ejercicio legítimo de las facultades fiscalizadoras de las SUNAT.