INFORME TÉCNICO JURÍDICO N.°037-2023-JUS/PGE-DTN
Fecha: 06/11/2023
Sobre la aplicación de las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo N.° 1326 y su reglamento respecto a las municipalidades de centros poblados
Destinatario: Unidad Funcional de Articulación Territorial
- La UFAT solicita que se absuelva la consulta sobre si los pedidos de encargaturas de municipalidades, abarcan todas sus clasificaciones desarrolladas en el artículo 3 de la Ley N.° 27972, modificada por la Ley N.° 31433. - En la actualidad y bajo el marco normativo vigente del SADJE, concordante con la LOM, no se reconoce jurídicamente la posibilidad de que la municipalidad de un centro poblado pueda contar con una PP para que defienda sus intereses. - Los pedidos de encargaturas para las PPM solo resultarían procedentes respecto de las municipalidades provinciales y distritales; en tanto que no sería viable para las municipalidades de los centros poblados, que dependen organizacionalmente de la municipalidad provincial que las creó y no pueden contar con una PP con lo cual la defensa de sus intereses le concierne al PP de la municipalidad provincial correspondiente.