INFORME TÉCNICO JURÍDICO N° D000013-2024-JUS/PGE-DTN
Fecha: 12/07/2024
Sobre órganos responsables de la elaboración de informes para conciliaciones en el marco de normativa del Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y la Ley de Contrataciones del Estado
Destinatario: Procuradora Pública del Gobierno Regional de Amazonas
- La PPR del Gobierno Regional de Amazonas formula consulta respecto del procedimiento para solicitar la autorización a conciliar: i) Si la PPR elabora el informe de costo beneficio al obtener previamente el informe legal y técnico; ii) Si la PPR se ve imposibilitado normativamente de emitir el informe costo beneficio si la dirección de asesoría jurídica se niega a realizar el informe legal; iii) si el informe legal solamente puede ser realizado por la Asesoría jurídica o alternativamente puede elaborarlo un abogado del área usuaria; iv) si el Gobierno regional deberá modificar sus documentos de gestión, ya que debe de ubicar a la PPR en el mismo nivel que el Consejo Regional sin dependencia de alguna dirección. - Se concluye en que para que el PP pueda elaborar el informe de costo beneficio es necesario que las áreas técnicas y las oficinas de asesoría jurídica e las entidades públicas respectivas, emitan de manera previa los informes técnicos y legales correspondientes. - La falta de dichos informes técnicos y legales, imposibilitará o limitará ostensiblemente a que el PP de la entidad pública pueda elaborar el informe de costo beneficio en el que se proponga una solución que resulte más beneficiosa y efectiva para los intereses del Estado.