1. Datos

Sumilla:

No encontramos razón válida que sustente que la aplicación del numeral 34.3 del TUO se da únicamente respecto de los expedientes seleccionados aleatoriamente, dejando de lado otros concluidos en base a fraude o falsedad, de los cuales se toma conocimiento fuera del proceso aleatorio. Por ejemplo, por denuncia de tercero o por haberse enterado la entidad de manera circunstancial.


Rodríguez Hernández, J. A. (2021). El procedimiento establecido en el numeral 34.3 del artículo 34 del TUO de la ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, no está sujeto a los plazos de prescripción establecido en el proceso de nulidad de oficio. Revista jurídica de la Procuraduría General del Estado, (1), 107 - 111. https://www.gob.pe/institucion/procuraduria/informes-publicaciones/2146461-revista-juridica-de-la-procuraduria-general-del-estado

Cita en formato APA 7: